Funcionario de IPS es condenado por pedir dinero para agilizar trámites

Funcionario de IPS es condenado por pedir dinero para agilizar trámites

El juez Rodrigo Estigarribia, en procedimiento abreviado, condenó al funcionario de IPS Julio Rodrigo Bernal Ríos, por el hecho de tráfico de influencias, a dos años de cárcel con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, por haber pedido dinero a cambio de agilizar trámites dentro de la previsional.

De acuerdo a la acusación, el 26 de mayo de al año 2023, aproximadamente a las 07:15, Lourdes Larisa Rojas, acudió a una de las oficinas del IPS de la Caja Central del IPS (Constitución y Herrera) a fin de presentar documentos relacionados al fallecimiento de su madre, Edith Matilde Rojas, quien era jubilada y cobraba los beneficios de dicha institución. 

El hoy condenado Julio Bernal Ríos le derivó a la oficina del Departamento de Jubilaciones, donde fue recibida por una funcionaria quien le indicó que la persona que debió de realizar las gestiones era su padre, por lo que la señora Lourdes retiró un documento con los requisitos que debía de presentar y se encontró luego con el acusado Bernal Ríos, quien procedió a tomar fotografía del documentos de identidad de la fallecida y este le indicó que puede pasar todos los datos e informaciones a una persona que trabaja en IPS y así poder cobrar de una manera más rápida y agilizar los trámites para cobrar la pensión, prometiéndole incluso de que el cobro se realizaría para el mes de junio de ese año. 

En ese mismo acto ambas personas intercambiaron números telefónicos y a las 11:00hs aproximadamente de ese mismo día, la señora Larissa recibió una llamada telefónica de parte Bernal Ríos, quien le mencionó que le tendría una respuesta a su pretensión pero que para concretar esto debían encontrarse y hacer la entrega de las documentaciones de la persona fallecida y del que tenía interés de cobrar la pensión, además de solicitarle la suma de G 800.000.

Para acceder al beneficio, Bernal Ríos admitió su culpabilidad en los hechos , siendo condenado por el hecho de tráfico de influencias, previsto en el artículo 7 Inc. 1° de la Ley 2523/04 que previene, tipifica y sanciona el enriquecimiento ilícito en la función pública, en calidad de autor.

Como reglas de conducta, se le impuso al acusado la prohibición de salir del país, comparecencia trimestral, prohibición de cambiar de domicilio y la obligación de pagar a la señora Lourdes Aguilar Rojas – la víctima – la suma de G 800.000, misma cantidad que le solicitó para agilizar los trámites en principio, y además deberá pagar G 200.000 de forma mensual por dos años al Hospital Materno Infantil de San Pablo.

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