Cámara confirma juicio a Payo Cubas

Cámara confirma juicio  a Payo Cubas

El Tribunal de Apelación en lo Penal Cuarta Sala confirmó el AI N°103 del 26/02/2024 por el cual se eleva a juicio la causa contra Paraguayo Cubas por las protestas tras las elecciones generales. Su defensa atacó los puntos que rechazan los incidentes planteados durante la preliminar. 

La defensa apeló los puntos que rechazan los incidentes de Nulidad de la Acusación Fiscal por falta de indagatoria previa y de Nulidad de la Acusación por falta de fundamentación.

Sobre el primer punto, la defensa sostuvo que los hechos obrantes en la indagatoria de fecha 05 de mayo de 2023, no condicen con los hechos que obran en la acusación, siendo que el Ministerio Público ha relatado hechos distintos de los obrantes tanto en la indagatoria e imputación, por lo que ante esa variación sustancial, estos debieron de haber ampliado la imputación y convocado a una nueva indagatoria, lo que no sucedió.

En cuanto al otro incidente, manifestó que solicitó la nulidad de acusación por falta de fundamentación del requerimiento fiscal en la misma audiencia, no por la inexistencia de dicho requerimiento, sino por la falta de fundamentación oral, conforme lo establece el artículo 55 del CPP.

El Dr. Arnaldo Fleitas, preopinante, arguyó sobre el primer incidente, que el Ministerio Público consideró que los discursos no estaban dirigidos específicamente a la población de las localidades inicialmente señaladas, sino a la población paraguaya en general. Esta circunstancia no se configura como un cambio significativo o agravante para la defensa, especialmente si el enfoque principal se centra en los discursos en sí mismos y su impacto en las personas y no en el lugar de residencia de las mismas. 

Sobre el segundo incidente, dijo que durante la preliminar el Ministerio Público fundamentó adecuadamente sus pretensiones y expresó su intención de llevar la causa a juicio oral y público, acopiando toda la información reunida y respaldándola con los medios de prueba pertinentes, los cuales sirvieron de fundamento suficiente al Poder jurisdiccional del ámbito de control y garantía para el sometimiento del acusado a un juicio oral y público.

Concluyó que  la resolución impugnada carece de vicios de nulidad o de errónea aplicación de la norma, por lo que corresponde confirmarla en su totalidad, voto al cual se adhirieron los camaristas Arnulfo Arias y rosalba Garay. 

Cubas está acusado por perturbación de la paz pública, resistencia, amenaza de hechos punibles, tentativa de impedimento de las elecciones y tentativa de coacción a órganos constitucionales.

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