Proyecto de carrera civil prohíbe nombrar familiares como asesores

Proyecto de carrera civil prohíbe nombrar familiares como asesores

Las modificaciones al proyecto de ley de la función pública y la carrera del servicio civil fue presentado ayer por el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, ante la Comisión Permanente del Congreso Nacional.

El documento, que cuenta con unos 139 artículos, difiere en varios puntos con el antiguo proyecto de ley presentado en el 2022 por el gobierno pasado, el cual no pasó del estudio en las Comisiones a las que fue girada para su dictamen.

Este nuevo proyecto forma parte de las reformas que el Poder Ejecutivo lleva adelante junto con el proyecto de Organización de la Administración Pública. A través de estos cambios, el actual Gobierno busca establecer reglas claras para el ingreso, ascenso y promoción en el sector público, a fin de elevar su eficiencia y jerarquizar al funcionariado.

Entre las modificaciones hechas se encuentra el artículo 13 de la designación de asesores, el cual establece que los funcionarios públicos que ocupen los puestos de conducción política, solo podrán nombrar, sin concurso público, hasta un máximo de tres asesores dentro del ámbito de su organización administrativa. Esta limitación no será aplicable al presidente de la República.

En otro párrafo se menciona que “estas designaciones no pueden recaer el cónyuge, concubino o parientes, comprendidos dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, de los funcionarios que presten servicios en la misma institución pública, ni de quienes ejerzan puestos de conducción política en cualquier otra institución pública. Solo se podrá designar como asesores a quienes acrediten al menos cinco (5) años de experiencia profesional en la materia”.

Además, se explica que quienes ocupen estos puestos quedarán automáticamente desvinculados de la función pública, una vez que la autoridad que los vinculó cesa en sus funciones, sin derecho a indemnización ni reparación alguna, sin perjuicio de poder ser cesados o desvinculados por los procedimientos administrativos previstos en la normativa nacional vigente.

En el proyecto anterior no se mencionaba la prohibición de que parientes puedan ocupar dichos cargos de asesorías.

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